febrero 21, 2022

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El Banco Central, la vaca sagrada del neoliberalismo

9 minutos de lectura

La Convención Constitucional no hará las profundas transformaciones que nuestro pueblo exige del Banco Central.

Por: Carlos A. González Carrasco, Profesor, Investigador, Científico, nominado por el Consejo Nacional de Ciencias y Tecnologías del Gobierno de México. Director de Ecohumanas Transformaciones Conscientes (www.ecohumanas.com)

“Un Diseño Exitoso”

El constituyente Sr. Renato Garin lidera la propuesta de la normativa constitucional del Banco Central. Esta propuesta esta llena de datos históricos y análisis incorrectos y parciales los cuales se utilizan para definir al banco central como “Un Diseño Exitoso”. Con esto el Sr. Garín y quienes lo apoyan justifican cambios cosméticos, que mantendrán intacto al banco central, como una institución autónoma al servicio de la oligarquía económica, financiera y monetaria nacional e internacional.  

Uno de los principales pilares de la argumentación que sustenta esta normativa liderada por el Sr. Garin, (la concertación 3.0, la derecha política y más algunos eco constituyentes) es que el Banco Central chileno y su política monetaria ha sido todo un éxito, refiriéndose al 4% de inflación en el año 2000, 3% en 2001, y 2002, configurándose una tendencia de largo plazo que se mantiene intacta hasta 2019.

En un articulo anterior deje claramente establecido que los bancos centrales no controlan la inflación, ni estabilizan la moneda, ni menos la estabilidad económica de largo plazo. “Los bancos centrales están muy lejos de controlar la inflación, como es el caso en 2022 la inflación vuele a ser el flagelo que causa la mayor preocupación de los bancos centrales en el mundo y en particular el peligro que la burbuja financiera explote una vez mas, con consecuencias catastróficas”,

 “De acuerdo el Diario financiero comenta que los “analistas en ven un peak de inflación en Chile en torno al 8% durante 2022”. Desde mediados de 2021, la inflación sorprendió a los “técnicos infalibles y neutrales” del banco central, quienes fueron incapaces de evaluar los registros de mes a mes, que sobrepasaron sus proyecciones, terminando 2021 con un aumento anual del IPC del 7,2%.

En diciembre de 2021 la inflación se ubico por encima de los pronósticos de los técnicos del banco central, lejos de sus proyecciones en Marzo, 2022 la inflación llegara a un 8%, y en su desesperación técnico-política y con el fin de contener la escalada de la inflación, la mayor en 14 años, el banco central aumenta la tasa de interés de 4% a 5,5% y es muy posible que en Marzo,2022 aumente mas”

El Banco Central necesita una profunda transformación para ponerse al servicio de un esquema económico Eco-Sustentable y del empoderamiento humano

Comparto el trabajo que realice con el fin de argumentar por una normativa constitucional que ponga al banco central al servicio de una economía eco sustentable, de empoderamiento humano, de un banco central del bienestar humano, que verdaderamente represente los intereses económicos, financieros y monetarios de nuestro pueblo. Presento aquí los articulados de propuestas de normativas constitucionales que profundizan sobre la verdadera transformación que se requiere del banco central.

Artículo 1.

Banco Central Como Bien Común al Servicio de una Economía Eco-Sustentable y de Empoderamiento Humano.


El Banco Central constitucionalmente es un organismo de bien común, una institución publica, que forma parte de una economía del bien común al servicio de una economía eco sustentable, de empoderamiento humano, un banco central del bienestar humano, que verdaderamente represente los intereses económicos, financieros y monetarios de nuestro pueblo.

Artículo 2. Banco Central Autonomía Controlada, Regulada y Sujeta a Check & Balances.

La nueva constitución termina las categorías de privilegio y potestad legal única del banco central y donde se mantiene su autonomía, la cual será controlada, regulada, y sujeta a Check & Balances, a través de nuevas normas constitucionales en donde el Banco Central será verdadera y totalmente autónomo tanto de la banca privada, como del gobierno.  La banca privada no podrá controlar la gestión del Banco Central. 

Articulo 3.- Objetivos y Competencias

El Banco Central en adición a sus funciones tradicionales de control de la inflación, estabilidad económica monetaria, emisión de dinero, se regiría por nuevos principios económicos, que entrelacen de los derechos de la naturaleza de acuerdo con las nuevas leyes relacionada con la banca ética, como además la sustentabilidad ambiental, estabilidad del empleo, y la actividad económica eco sustentable.

El Banco Central armonizara la política monetaria con la política fiscal, controlara y regulara la emisión de cripto monedas digitales, asociadas actividades de FINTEC (finanzas y tecnología), plataforma de pago digitales, crédito digital, activos encriptados, blockchain y financiamiento colaborativo (crowdfunding).

Articulo 4: Economía Social y Cooperativa en nueva ley de Competencia, Libre, Justa, Abierta, Sin Privilegios

El Banco Central terminará con el conflicto de interés de beneficiar y proteger a la banca privada a través de una nueva Ley de Competencia y de Rendición de Cuentas con el fin de abrir el marcado financiero a todos los agentes económicos, monetarios y financieros en igualdad de condiciones, sin privilegios. 

El nuevo sistema bancario debe de abrirse al sector de la economía eco sustentable, cooperativa y solidaria en el formato de libre, justa y abierta competencia. Las cooperativas podrán establecer y administrar sus propios bancos, constituir entidades financieras como AFP cooperativas, seguros de vida y otros productos financieros como el ahorro y el crédito.

Articulo 5.- El Banco Central No Podrá Rescatar a la Banca Privada sin previa Consulta Ciudadana

El Banco Central no podrá rescatar a la banca privada en caso de su inminente debacle sin un proceso de consulta ciudadana establecido constitucionalmente.

Los motivos de acometer a un rescate bancario como: (a) situación de insolvencia de una entidad financiera (b) situación de bancarrota de una entidad financiera (c) riesgo de pérdida del capital de los depositantes (d) riesgo de contagio en la economía y otras entidades (efecto domino y sistémico), todos estos criterios constitucionalmente no serán motivos de acción automática de intervención de rescate por parte del Banco Central de la banca privada. 

El Banco Central no tendrá la propiedad legal y exclusiva o ilimitada sobre la emisión de dinero, ni tampoco sobre la manipulación del precio del dinero, las cuales estarán sujeta a decisiones de consulta y aprobación de carácter constitucional. 

Articulo 6.- Representación Paritaria y Plurinacional de su Directorio y Consejo Monetario

El Banco Central será compuesto por un total de 8 agentes representativos de la ciudadanía seleccionadas elegidas a través de un nuevo proceso democrático, paritario y plurinacional/regional establecidos constitucionalmente por las autoridades pertinentes.

Los miembros electos y designados a su directorio y a su consejo monetario participarán directamente en la gestión del Banco Central. La composición será paritaria y plurinacional en todos sus niveles de toma de decisiones. Las autoridades elegidas y seleccionadas a su directorio estarán sujetas a criterios de responsabilidad (rendición de cuentas) especificas determinadas por una nueva ley que determine causales y procedimientos de remoción y objetivos específicos fijados en la nueva legislación.

Articulo 7: Probidad, Transparencia y Check & Balances

La nueva constitución dictara leyes especificas que no permitirá al Banco Central la practica del entrelazamiento y la constelación de redes de influencia y asociatividad económicas, financieras, económicas, políticas, familiares y sociales que promuevan el nepotismo, amiguismo, favoritismo, lazos familiares entre miembros del directorio del banco central y de la banca privada.

Una normativa constitucional eliminará y pondrá fin a la puerta giratoria y las sillas musicales, de la transferencia de “técnicos financieros y bancarios” entre el sector financiero privado, provenientes de los directorios de bancos privados al Banco Central y desde Banco Central al a los directorios de la banca privada.

Las autoridades del Banco Central estarán sujetas a controles y auditorias independientes (nacionales e internacionales) que evalué el adecuado ejercicio de sus funciones, bajo un debido proceso en el que se evalúen sus actuaciones e impacto de sus decisiones conforme a un solido marco de transparencia, rendición de cuentas y check & balances.

El Banco Central estará sujeto a normas y criterios de los mas altos estándares de transparencia, sus autoridades darán cuenta pública de sus decisiones, actuaciones, y sus miembros estarán sujeto a auditorias las cuales serán publicadas y comunicadas en la pagina web del banco central.

Articulo 8: Sanciones y Penalidades

Las autoridades del Banco Central (desde su presidente/ta hasta sus miembros del Consejo Monetario) serán susceptibles y sujetos de ser acusados constitucionalmente, bajo nuevos criterios, causales y con quórum de aprobación exigentes establecidos por la nueva constitución.

Articulo 9: Fin de la Banca Fraccionada

El nuevo sistema bancario pondrá fin a la banca fraccionada, para que nuestro pueblo sea 100% propietario de su propio dinero (depósitos), promoviendo el ahorro y evitando el endeudamiento y a su permitiendo la creación de la banca cooperativa y financiera para que esta participe y compita libremente en todos los sectores, tales como las AFP y el sector energético. 

El Banco Central no podrá manipular el precio del dinero en favor de la banca privada utilizando el dinero/depósitos de los trabajadores y de los ahorros de los depositantes y transferirlos a los especuladores financieros. 

Articulo 10: Descentralización y Redistribución del Poder Financiero

La nueva constitución bancaria debe de ejecutar, facilitar, promover la descentralización y redistribución del poder financiero a los territorios. La autonomía financiera territorial es fundamental para el financiamiento de nuevas tecnologías, de transferencias tecnológicas, para el desarrollo de “hubs de innovación financiera territorial” esto debe de incluir por ejemplo la emisión de monedas digitales territoriales.

Articulo 11: Democratización, Educación Cívica Financiera y Monetaria 

Banco Central debe de democratizar sus funciones como parte del empoderamiento y vinculación constitucional ciudadana. Además, debe de asegurar y poner a disposición los recursos financieros para el desarrollo de un programa educacional nacional ecosistémico y multidimensional de todos los productos financieros, de la banca, del rol del banco central, del rol del dinero, etc. en todos los niveles sociales. 

La Nueva Educación Cívica Financiera pondrá fin al obscurantismo financiero, al analfabetismo financiero del cual padece nuestra ciudadanía. La nueva normativa también tendrá como objetivo reducir, terminar con la brecha social sobre el monopolio y el poder del conocimiento sobre la economía y el sector financiero.

¿Por que las normativas constitucionales descritas en este articulo no será consideradas? ¿Quienes están comprometidos en mantener el poder de las oligarquías económicas financieras, monetarias en Chile?

La corrupción, el lavado de dinero, los paraísos fiscales, la impunidad y el abuso del sector financiero y monetario continuará inalterada, nuestro pueblo no podrá ser el propietario de sus propios depósitos bancarios, ni tendrá el poder de transformar el banco central, nadie puede tocar la vaca sagrada del liberalismo tanto en su expresión actual, como en su expresión de un post-capitalismo XXI financiero, monetario, hibrido, digital.  

Contrario a las expectativas de las demandas del estallido social, el acuerdo por la paz pone fin a las demandas de terminar con el neoliberalismo, de terminar con el abuso y la impunidad financiera, monetaria. La convención constituyente atrapada en el corralito de los 2/3 impuesto por los partidos políticos, no tocara los privilegios con que goza la oligarquía bancaria y financiera, los convencionales como el Sr Garín y sus seguidores no tiene la mínima intención de transformar al banco central, ni de ponerlo al servicio de un esquema económico eco sustentable ni de empoderamiento humano.  

No hay cambio de sistema, ni cambio de era, ni cambio de ciclo, todo tiene la apariencia de un cambio, pero la maquinaria financiera, monetaria seguirá intacta, seguirá el abuso y la  impunidad, todo seguirá igual, estamos en un proceso de cambio de una elite que es reemplazada por otra elite”.

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