agosto 31, 2021

Nuestro País

Donde la Noticia eres TU

Solo un mes más de vigencia tendría el estado de excepción de catástrofe

4 minutos de lectura

El estado de excepción de catástrofe sólo tendría un mes más de vigencia, es decir hasta el 30 de septiembre.

El ministro de Salud, Enrique Paris, consultado por el tema, señaló que «por el momento, no consideramos que se vaya a presentar un nuevo proyecto [para extenderlo]. Es un tema global no solamente sanitario».

Tras el anuncio de que el toque de queda comenzará en todo el país a las 00:00 horas, autoridades informaron que el transporte público en la Región Metropolitana extenderá sus horarios de funcionamiento. El Metro hasta las 23:00 horas.

Todo comienza lentamente a volver a la «normalidad» sin saber muy bien qué significa actualmente eso.

PRORROGA DECLARACIÓN DE ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE
CATÁSTROFE, POR CALAMIDAD PÚBLICA, EN EL TERRITORIO DE CHILE, Y
DESIGNA A LOS JEFES DE LA DEFENSA NACIONAL, SEGÚN SE INDICA

  1. Que, como consecuencia del brote de COVID-19 que afecta al país, calificado como
    pandemia por la Organización Mundial de la Salud, S.E. el Presidente de la República declaró a
    través del decreto supremo Nº 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y
    Seguridad Pública, el estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en
    todo el territorio nacional, por un término de 90 días, medida que fue prorrogada por los decretos
    supremos Nºs 269, 400 y 646, todos de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por
    plazos de 90 días cada uno, con vigencia a contar del vencimiento del período previsto en el
    decreto inmediatamente precedente; y hasta el día 30 de junio de 2021, mediante el decreto
    supremo Nº 72, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
  2. Que, a su turno el Ministerio de Salud, mediante distintas resoluciones exentas, ha
    implementado una serie de medidas sanitarias tales como aislamiento, cuarentenas, cordones
    sanitarios, aduanas sanitarias, en conjunto con una estrategia gradual para mitigar y controlar la
    propagación de contagios por COVID-19, según la situación epidemiológica de cada zona de
    nuestro país.
  3. Que, desde febrero de 2021 se ha desarrollado el plan de vacunación contra el
    COVID-19, en virtud del cual, al 23 de junio de 2021, se han suministrado más de 20 millones de
    dosis de vacunas, inoculado a 9.917.815 personas con un esquema completo de vacunación, lo
    que representa 65,25% del total de la población objetivo a vacunar, y un total de 12.282.559
    personas con la primera dosis, alcanzando con ello un 80,8% del total de la población objetivo.
  4. Que, a pesar de los esfuerzos desplegados, especialmente en relación al Proceso de
    Vacunación Masiva impulsado por el Ministerio de Salud señalado precedentemente, a la fecha
    se han reportado un total de 1.537.471 casos confirmados de personas que han padecido esta
    enfermedad en el país, de los cuales 31.897 corresponden a casos activos confirmados, de
    acuerdo al reporte oficial de la autoridad sanitaria.
  5. Que, como se desprende de lo expuesto, la situación derivada de la pandemia por
    COVID-19 aún afecta a gran parte de la población del país y del territorio nacional, subsistiendo
    las circunstancias que lo motivaron, sin haber cesado éstas en forma absoluta, en atención a las
    nuevas cepas del virus (y aquellas que se podrían dar en el futuro por su alta mutabilidad) y el
    contexto epidemiológico actual que se da en época invernal.
  6. Que, según lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 41 de la Constitución Política de
    la República, el Presidente de la República sólo podrá declarar el estado de catástrofe por un
    período superior a un año con el acuerdo del Congreso Nacional. En consecuencia, y dado que
    han transcurrido 15 meses desde la declaración efectuada por el decreto supremo Nº 104, de
    2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, mediante Of. Gab. Pres. Nº 749, de 23 de
    junio de 2021, de S.E. el Presidente de la República, se solicitó el acuerdo del H. Congreso
    Nacional, a efectos de poder prorrogar la vigencia del Estado de Excepción Constitucional de
    Catástrofe por calamidad pública, en el territorio de Chile, declarado por el referido decreto
    supremo Nº 104, hasta el día 30 de septiembre de 2021.
  7. Que, por oficio Nº 16.712, de 24 de junio de 2021, de la H. Cámara de Diputados, se
    comunicó la aprobación del H. Congreso Nacional a la solicitud efectuada por S.E el Presidente
    de la República, en orden a prorrogar la vigencia del estado de excepción constitucional de
    catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile, hasta el día 30 de septiembre de 2021.
  8. Que, dado el tiempo en que se ha mantenido la vigencia del estado de excepción
    constitucional de catástrofe, las Fuerzas Armadas y el Estado Mayor Conjunto han elaborado un
    listado de posibles reemplazos de los Jefes de la Defensa Nacional, que se ha enviado a S.E. el
    Presidente de la República, por medio del Ministro de Defensa Nacional.
  9. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto por este acto se indicará quienes serán
    designados como Jefes de la Defensa Nacional durante el nuevo período de prórroga del referido
    estado de excepción constitucional de catástrofe, en cada región del país.
  10. Que, de conformidad a los fundamentos expuestos, vengo en dictar lo siguiente,
    Decreto:
    Artículo primero: Prorrógase el estado de excepción constitucional de catástrofe, por
    calamidad pública, declarado en el territorio chileno mediante el decreto supremo Nº 104, de
    2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y sus modificaciones, hasta el 30 de
    septiembre de 2021, a contar del vencimiento del período previsto en el decreto supremo Nº 72,
    de 2021, del mismo origen, de conformidad a la aprobación comunicada por Of. Nº 16.712, de
    24 de junio de 2021, de la H. Cámara de Diputados, en los términos señalados.

Deja un comentario