Los derechos de la Madre Tierra en Chile: Derrumbando prejuicios, haciendo historia
6 minutos de lecturaPor Alberto Acosta:
Economista ecuatoriano, Ministro de Energía y Minas, primer presidente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador redactó la Constitución de 2007-2008, reconoce de manera inédita los derechos de la naturaleza. Juez del Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza, el cual sesionó en Chile en diciembre de 2019 para abordar temas como la privatización del agua y la actividad minera que explota el litio en el desierto de Atacama.
Sin Derechos de la Madre Tierra No Habrá Plenos Derechos Humanos
“Cualquier cosa que sea contraria a la Naturaleza lo es también a la razón, y cualquier cosa que sea contraria a la razón es absurda”. Baruch Spinoza
(1632-1677)
En el mundo avanza la discusión sobre los Derechos de la Madre Tierra. La razón es simple, la realidad no se puede encubrir más. El colapso ecológico es inocultable. Ninguna región, ninguna población, ningún mar en la Tierra está ya a salvo de los daños que actualmente provoca dicho colapso, nos dice el Informe del Panel de Cambio Climático de Naciones Unidas (IPCC, por sus siglas en inglés).
La Humanidad está confrontada de forma brutal y global con la posibilidad cierta del fin de su existencia. Tenemos que actuar. Eso explica por supuesto porqué este debate encuentra un punto relevante en Chile, país afectado por múltiples destrozos socio-ecológicos.
En los debates de la Convención Constitucional chilena se ha abierto la puerta a cuestiones fundamentales, como lo son los Derechos de la Madre Tierra. El tema despierta una creciente acogida. Y choca también con el desconocimiento sobre su significado y con el miedo a perder privilegios por su aplicación. Se ha posicionado un argumento que habla de la inutilidad de dichos derechos, remitiéndose la experiencia ecuatoriana. Inclusive se ha dicho que los Derechos Humanos se subordinarían a los Derechos de la Naturaleza y afectarían el modelo de desarrollo… Aclaremos algunas dudas.
A pesar de las múltiples incomprensiones en diversas instancias y las limitaciones que se ponen para impedir la vigencia de estos derechos en Ecuador, empezando por sus propios gobernantes, hay cabida para el optimismo. En este pequeño país andino, paulatinamente se consolidan los Derechos de la Madre Tierra. Una serie de procesos judiciales -casi 60 hasta la fecha- lo ratifican. Se trata de un trajinar arduo en un país atrapado por desbocados extractivismos.
Sin minimizar la necesidad de acelerar el paso para su mayor enraizamiento, tengamos en mente que la vigencia de la Constitución es reciente: menos de 14 años, y que su aplicación está rompiendo con visiones conservadoras. Adicionalmente podríamos preguntarnos cuánto tiempo ha tomado la aceptación de los Derechos Humanos, cuyo cumplimiento en muchas partes es más que deficitario.
Lo mismo se podría comentar de los derechos de las personas afro que fueron esclavizadas: la esclavitud fue abolida, pero el racismo no ha sido superado; los derechos de las mujeres avanzan, pero el patriarcado sigue presente; similares reflexiones cabría para los pueblos originarios. Aceptar estas falencias no deberían llevarnos a la peregrina conclusión de que esos derechos son inútiles…
Lo importante, entonces, es que, pese a múltiples reticencias e ignorancias, los derechos conquistados por grupos tradicionalmente marginados de forma cada vez más acelerada permean en la sociedad. De a poco los derechos provocan más sensibilidad social; una sensibilización muchas veces más efectiva que los simples cambios institucionales.
Respecto a la justicia ecuatoriana, el reconocimiento de los Derechos de la Madre Tierra, no ha resuelto el conflicto entre la Naturaleza-objeto y la Naturaleza-sujeto. Incluso registramos manipulaciones estatales de dichos derechos al ser enarbolados para expulsar actividades mineras irregulares en determinados territorios con el fin de abrir el campo a grandes empresas mineras. La indignación que pueden provocar estas aberraciones no puede desanimarnos.
Tengamos siempre presente que una Constitución por si sola no cambia la realidad, pero si puede ayudar a que la misma sociedad se empodere de lo que ella dispone en tanto vigorosa herramienta para la cristalización de los cambios que sean indispensables.
En Ecuador, para muchas organizaciones de la sociedad civil estos Derechos representan un cambio de visión importante, son una herramienta de lucha. Esto no sorprende pues varios movimientos sociales, sobre todo indígenas y campesinos, desde mucho antes de la expedición constitucional de estos derechos, han defendido la Madre Tierra en sus luchas por sus territorios. Lo que es interesante ahora es que con estos derechos se fortalecen los mecanismos de protección de sus territorios e inclusive de las personas defensoras de la Pachamama, muchas veces criminalizadas por sus luchas.
Más allá de Ecuador, hay avances en el mundo. De acuerdo con Naciones Unidas, ya son 37 países los que han incorporado de alguna manera este tema a nivel oficial e institucional. Mencionemos unos pocos ejemplos. En noviembre de 2016, en Colombia al Río Atrato y su cuenca se le reconoció derechos por la Corte Constitucional; igual sucedió en 2018 con la Amazonia colombiana. En 2016 la Corte Suprema de Uttarakhand en Naintal, al norte de la India, sentenció que los ríos Ganges y Yumana son entidades vivientes. En el 2017 el Río Whanganui en Nueva Zelanda fue reconocido como sujeto de derechos; allí, también, en 2013, el Parque Nacional Te Urewera fue considerado como entidad legal con los derechos de una persona. En Toledo, Ohio, EE. UU., se decidió en las urnas el 26 de febrero de 2019 que el lago Erie, el onceavo más grande del mundo y que proporciona agua potable a 12 millones de estadounidenses y canadienses, tiene derechos. Recientemente Panamá marcó un hito notable con una poderosa Ley de Derechos de la Naturaleza. Además, hay otras propuestas en marcha para llegar a aceptar constitucionalmente a la Naturaleza como sujeto de derechos: en México y el Estado Libre de Baviera, en Alemania, para mencionar apenas dos casos.
Esta eco-sustentabilidad internacional se expande. Tratándose de un asunto de repercusiones mundiales, nos urge, entonces, que más y más países constitucionalicen estos derechos yl que se avance en la construcción de la Declaración Universal de los Derechos de la Naturaleza, como se planteó en Tiquipaya, Bolivia, en el año 2010; reunión que fue el detonante para el surgimiento del Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza, construido desde la sociedad civil de todos los continentes, como paso previo a un tribunal formal en el marco de Naciones Unidas para sancionar los crímenes contra la Madre Tierra.
Bien sentencia Eduardo Gudynas:“el reconocimiento de los valores intrínsecos de la Naturaleza impone mandatos universales, ya que la vida debe ser protegida en todos los rincones del planeta. Problemas ambientales globales, como el cambio climático o la acidificación de los océanos, refuerzan todavía más esa ética como un valor esencial”.
Así, más temprano que tarde, la globalización de estos derechos seguirá el camino de los Derechos Humanos, que sirvieron para encauzar al dictador chileno Augusto Pinochet y detenerlo en Europa por sus crímenes de lesa Humanidad. Una iniciativa en esta dirección ya se expresó hace un par de años en la acción pública para impedir la construcción de la Hidroeléctrica en Bello Monte, Brasil, que buscaba defender al río Xingú y a sus habitantes ribereños, remitiéndose a los Derechos de la Madre Tierra de la Constitución ecuatoriana.
Pese a la ignorancia de algunos y a la defensa de sus privilegios de otros, la aceptación de los Derechos de la Madre Tierra es, a todas luces, una cuestión global e indetenible. Chile tiene ahora la oportunidad histórica de ser el segundo país en el mundo en liberar constitucionalmente a la Madre Tierra de su condición de objeto, como lo fue cuando emancipó a los esclavos en 1823. Por cierto, un gran ejemplo a nivel mundial.
Por último, el argumento de que los Derechos Humanos se verían limitados al asumir a la Naturaleza como sujeto de derechos es insostenible, es insólito. Los Derechos de la Naturaleza no se oponen para nada a los Derechos Humanos. Eso si, no se pueden tolerar modelos de desarrollo depredadores de la vida de los seres humanos y no humanos. Por lo tanto, ambos grupos de derechos se complementan, se entrelazan y se potencian.
“Emancipemos a nuestra Madre Tierra, la cual nos ha invitado para ser sus huéspedes, no para ser sus dueños”